– En la sesión del lunes 6 de noviembre, el Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la ordenanza que reglamenta la actividad de tatuaje y piercing en la ciudad • Se exigen medidas de higiene a locales y aplicadores para evitar la transmisión de enfermedades como hepatitis o sida.
Entre otras exigencias, la ordenanza contempla que los locales donde se realizan actividades de piercing y tatuajes deben estar limpios, desinfectados y en buen estado.
Los aplicadores de piercing y tatuajes deberán poseer libreta sanitaria; materiales como agujas que penetren o atraviesen la piel, las mucosas y otros tejidos "deben estar esterilizados" o ser descartables; deben utilizar como agentes esterilizantes calor seco (estufa), calor húmedo (autoclave con bomba de vacío y ciclo de secado), ácido peracético o glutaraldehido; deben poseer en el local un botiquín para primeros auxilios a los usuarios.
También los aplicadores de piercing y tatuajes deben estar vacunados contra hepatitis A, B y tétanos; si los aplicadores sufren heridas o lesines de la piel, se abstendrán de realizar cualquier actividad que pueda suponer contacto directo con clientes, con el instrumental y material, hasta su curación; piercing y tatuajes no podrán realizarse a menores de edad, sin la presencia de su padre, madre o tutor legal en el momento de la aplicación, informó Paralelo 32.
Asimismo, los aplicadores deberán aprobar curso de bioseguridad, higiene y prevención, dictado por autoridad competente; el Departamento Ejecutivo deberá verificar el cumplimiento de las exigencias de la ordenanza en discusión.
Fuente: APF.Digital